Bogotá D.C, Abril 13 de 2011, Sala de Redacción. El abogado Joaquín Torres, interpuso una Acción Popular ante el Tribunal Administrativo del Departamento de Bolívar, para obligar al gobierno nacional a prohibir el popular ritmo Reggaetón, al que sindica de promover el consumo de estupefacientes entre los jóvenes colombianos.
“Considero que es necesario que el señor Presidente de la República le diga claramente a Colombia, si es cierto, que no quiere que en este país se consuma la marihuana ni ningún tipo de estupefacientes, porque es insólito que por un lado se promueva un acto legislativo con el cual nuevamente se pretende prohibir el porte y dosis mínima de estupefacientes y por otro lado, se inunda a todos los jóvenes y la comunidad en general a través de los medios de comunicación, llámese radio, televisión o cualquier otro medio de comunicación, para que oigan canciones en la que en forma abierta se estimula el consumo de estupefacientes”.
El jurista, hace referencia específica a la canción «Creepy creepy», del cantante Reykon, nacido en Medellín Colombia, y cuya letra dice en su inicio:
“Hey Yandar y Yostin
Este es el remix
Reykon el Líder Hey Hey
La niña quiere creepy creepy creepy
Porque la pone happy happy happy
La niña quiere creepy creepy creepy
Porque la pone happy happy happy
A la orden mujer lo que se te ofrezca
Tenemos regular también tenemos crespa
Fuma lo que te parezca
Que estamos en confianza no seas tan modesta
Joaquín Torres dijo a los medios locales de comunicación: “no me interesa constituirme en un acusador para que vayan a meter a la cárcel a una persona, a mí lo que me interesa es que el Gobierno Nacional fije una posición clara o permita el consumo de estupefacientes de manera “frentera” y se reconozca esto, o el Gobierno fije una posición sincera en la cual con actos, evite la estimulación al consumo de la droga”.
El Reggaetón
El reggaetón es un género musical procedente del reggae y del posterior dancehall jamaiquino, con influencias del hip hop, que se originó en Panamá hacia mediados de los años 1970 y a comienzos de los años 1990 en Puerto Rico, a raíz de la comunidad jamaiquina cuyos ancestros llegaron a Panamá, junto a inmigrantes antillanos a principios del siglo XX.
Son letras de contenidos a veces fuertes, con un alto contenido sexual, mismo que se explicita en la forma de bailar, donde los cuerpos se pegan bastante en insinuantes movimientos. Esa forma de bailar se denomina “perreo”.
Pero las letras también cubren aspectos como la denuncia social, el desamor o el enamoramiento, reflexiones, anécdotas, temas cristianos.
La libertad de expresión en Colombia
En Colombia, la libertad de expresión está consagrada en el Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia, como derecho fundamental, reclamable su protección por vía de tutela.
“Se garantizar a toda perdona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura”
La Corte Constitucional ha dicho “La libertad de expresión constituye una de las conquistas más valiosas que ha realizado la humanidad a lo largo de su historia. Por medio de la libertad de expresión el individuo está en la posibilidad de exteriorizar sus pensamientos libre de presión o de coacción. De esta manera, puede confrontar sus propios pensamientos con los pensamientos de los demás y, así, con base en el contraste permanente de ideas, está en la posibilidad de asumir posturas críticas y autocríticas que le hacen factible avanzar en el conocimiento de sí mismo y del mundo que lo rodea. La libertad de expresión no sólo es valiosa para el ser humano como individuo. Ella configura, además, la conditio sine qua non para que la democracia exista. Sin libertad de expresión no podría existir